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Lote de coches

Cártel de vehículos

¿COMPRASTE UN COCHE ENTRE LOS AÑOS 2006 Y 2013? ¿HAS HECHO REPARACIONES EN UN CONCESIONARIO OFICIAL?

Aceite para el coche

¿Qué es el cártel de coches?

En el año 2015, a través de información facilitada por la marca SEAT, la Comisión Nacional de los Mercados y de la Competencia (CNMC) descubrió la existencia de un cartel que afectaba al 91% de los coches vendidos en España entre los años 2006 y 2013.

Dicho cartel, estuvo en funcionamiento desde febrero de 2006 hasta agosto de 2013, y supuso un traspaso de información continuada entre fabricantes de coches, que sirvió para restringir la competencia y aumentar los precios de venta de vehículos automóviles nuevos y usados, recambios, accesorios y servicios de posventa.

Tras calificar la existencia del cartel como una conducta muy grave, la CNMC decidió imponer la mayor multa de la historia de este organismo.

Ancla 1

¿Qué marcas están incluidas?

·        AUTOMÓVILES CITROËN ESPAÑA, S.A. (CITROËN).

·        B&M AUTOMÓVILES ESPAÑA, S.A. (MITSUBISHI).

·        BMW IBÉRICA, S.A.U. (BMW).

·        CHEVROLET ESPAÑA, S.A.U. (CHEVROLET).

·        CHRYSLER ESPAÑA, S.L., (CHRYSLER, JEEP y DODGE).

·        FIAT GROUP AUTOMOBILES SPAIN, S.A., (FIAT, ALFA ROMEO y LANCIA).

·        FORD ESPAÑA, S.L., (FORD).

·        GENERAL MOTORS ESPAÑA, S.L.U., (OPEL).

·        HONDA MOTOR EUROPE LIMITED, SUCURSAL EN ESPAÑA, S.L., (HONDA).

·        HYUNDAI MOTOR ESPAÑA, S.L.U., (HYUNDAI).

·        KIA MOTORS IBERIA, S.L., (KIA)-

·        MAZDA AUTOMÓVILES ESPAÑA, S.A., (MAZDA)-

·        MERCEDES BENZ ESPAÑA, S.A., (MERCEDES).

·        NISSAN IBERIA, S.A., (NISSAN).

·        PEUGEOT ESPAÑA, S.A., (PEUGEOT).

·        PORSCHE IBÉRICA, S.A., (PORSCHE).

·        RENAULT ESPAÑA COMERCIAL, S.A., (RENAULT).

·        SEAT, S.A., (SEAT).

·        TOYOTA ESPAÑA, S.L., (LEXUS y TOYOTA). 

·        VOLKSWAGEN AUDI ESPAÑA, S.A., (AUDI, SKODA y VOLKSWAGEN).

·        VOLVO CAR ESPAÑA, S.A., (VOLVO).

Ley

Sentencia de la
Audiencia Nacional

Tras recurrirse esta sanción por parte de todos los implicados, la Audiencia Nacional confirma la existencia del cartel en diciembre de 2012, incidiendo en la existencia de un único mercado (el de venta de vehículos y el de posventa) que lleva a considerar que la existencia del cartel no sólo afectó a la adquisición de vehículos, sino también a las reparaciones en concesionarios oficiales.

El intercambio de información, redujo drásticamente la competencia entre los concesionarios oficiales, dando lugar a un aumento de los precios, que se estima superior al 7% del valor para cada operación. 

Finalmente, el 17 de septiembre de 2021, el Tribunal Supremo termina confirmando la existencia de dicho cártel, indicando que se produjo un intercambio continuo de información que permitía conocer la estrategia comercial de los competidores, que eliminaba la incertidumbre en la fijación de precios y condiciones comerciales. 

De esta actividad anticompetitiva se derivó un aumento generalizado de los precios de vehículos nuevos, usados y reparaciones, que tuvieron que soportar todos los consumidores.

 

Habiendo quedado demostrada la existencia de dicho cártel, algunos ciudadanos han decidido interponer demandas contra los concesionarios que les vendieron dichos vehículos, dando lugar hasta el momento, a sentencias condenatorias para los fabricantes.

Pago

Reclamaciones

Actualmente, se tiende a considerar que como mínimo, el aumento de precios fue superior al 10%,por lo que, por ejemplo, para un vehículo que costara 20.000,00 euros, se podrían recuperar en torno a 2.000,00 euros, más los intereses legales devengados desde la adquisición.

Se trata en cualquier caso de un procedimiento que necesita de una buena pericial que demuestre que efectivamente se pagó un sobreprecio por cada vehículo adquirido, por lo que carece de sentido adherirse a asociaciones de consumidores que planteen demandas conjuntas, ya que cada caso es único, y un planteamiento generalista de la cuestión puede llevar a la desestimación de cualquier derecho y a una posterior condena en costas.

Por esa misma razón, desde este Despacho se recomienda una valoración individualizada de cada caso, llevando a juicio únicamente aquellos asuntos que tengan posibilidades de obtener un resarcimiento económico.

Ya existen más de un centenar de interesados en solicitar una indemnización por la adquisición de su vehículo, y desde hace meses trabajamos en el informe pericial que deberá acomodarse para cada vehículo.

En cualquier caso, será necesario aportar la factura que acredite la compra del vehículo o las reparaciones realizadas en concesionarios oficiales. En caso de haberlo perdido, se puede aportar extracto bancario. 

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